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| Somos la mayoría y vamos a ganar la partida |
Este es un blog muy personal. Lo que anotaba en un cuaderno o recortaba de la prensa, ahora lo pongo en Internet porque pesa menos que el cuaderno y ocupa menos espacio en casa. Así que decir que esto es un blog es, quizá, mucho decir. En cualquier caso, si caes por aquí, espero que no te asustes o que no te desagrade mucho. Salud. Por cierto, mis opiniones y comentarios sobre el Ayuntamiento de Las Rozas son absolutamente personales. No son las de mi Asamblea y Grupo Municipal. Que quede claro
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miércoles, 10 de octubre de 2012
viernes, 5 de octubre de 2012
Recogida de firmas para la Iniciativa Legislativa Popular por la dación en pago
Este domingo, día 7 de octubre, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Madrid ha decidido poner mesas para la recogida de firmas en todos los municipios de la Comunidad.
En Las Rozas, los compañeros de la Asamblea Popular del 15M de Las Rozas y de Las Matas se suman a esa iniciativa y recogerán firmas tanto en Las Matas, -queda por confirmar si en el Parque Primero de Mayo o en las inmediaciones de la estación del tren-, y en Las Rozas, -dependiendo del número de efectivos se situarán en el Burgo Centro y en la Plaza de España.
La Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por la dación en pago supone la apertura de una salida política y social a la grave crisis que nos azota con sus efectos día tras día, cada vez con mayor violencia.
Dada la sinrazón dogmática del Gobierno en la aplicación de la política económica neoliberal para afrontar la crisis al dictado del Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea, a través de lo que se ha venido a llamar la troika, la ILP por la dación en pago es una apertura a la ciudadanía para que exprese sus demandas en cuanto al problema de la vivienda en nuestro país.
El problema de la vivienda en nuestro país es una muestra inequívoca de la ineficiencia e ineficacia del sistema económico capitalista en la asignación de recursos.
La grave crisis que vivimos nos muestra el gran número de viviendas que han quedado vacías por el estrangulamiento del crédito de las entidades financieras. Así mismo, pese a este número de viviendas vacías, son muchas las personas, las familias, que no pueden acceder a una vivienda.
Es necesario, en este punto, manifestar que la vivienda es un derecho reconocido en la Constitución, no un artículo o bien de lujo al alcance de aquellos que se lo puedan permitir. Es una cuestión de Derechos Humanos.
La gestión de las políticas de ajuste neoliberal como respuesta a la crisis de endeudamiento provoca ilimitadamente el sufrimiento de más y más personas.
Una de las caras de este sufrimiento social es el desempleo, creciente mes a mes.
Aquellas personas que poseen una vivienda sobre la que pesa una hipoteca ven como al caer en situación de desempleo involuntario no pueden hacer frente a las cuotas del préstamo hipotecario, debido, fundamentalmente, a la escasa cuantía de la prestación por desempleo. En ese caso, con la acumulación de cuotas sin pagar, verán llegar la orden de desahucio dictada por un juzgado a demanda de la entidad financiera que les concedió el préstamo hipotecario.
El desahucio es la experiencia familiar y personal más desesperante que se puede sufrir. Es la pérdida del domicilio, de la filiación a un lugar y la potencial entrada en la espiral de la pobreza y de la exclusión social.
Pobreza que viene dada por la deuda de por vida que queda contraída con la entidad financiera que ha concedido el préstamo hipotecario. Frecuentemente, la vivienda es subastada por un 50, 60% de su valor de tasación, que se utilizó para conceder la hipoteca, y adquirida por esa misma entidad financiera en una segunda subasta, ya que la primera de ellas ha quedado desierta.
La diferencia entre el precio por el que se ha adquirido la vivienda en la subasta y el valor de tasación es la cuantía de la deuda que la persona desahuciada debe afrontar. Debe continuar pagando por una vivienda que ya no posee, ni disfruta.
La banca siempre gana.
La ILP por la dación en pago supone que entregado el bien objeto de embargo, es decir, la vivienda, la deuda queda cancelada. Así, se abre la oportunidad de empezar de nuevo y no con la deuda contraída que es una losa pesadísima para cualquier desahuciado, que llega a imposibilitarle comenzar de nuevo.
La ILP también supone el alquiler social de las viviendas objeto e desahucio por un 30% de los ingresos de la persona o familia desahuciada. Se trata de este modo de garantizar el derecho a la vivienda.
Plantea, también, la moratoria en los pagos de las cuotas del préstamos hipotecario para aquellas personas que se encuentran en desempleo.
La vivienda es un derecho de ciudadanía, no un lujo al alcance de unos pocos.
Firma por la Iniciativa Legislativa Popular por la dación en pago este domingo en Las Rozas y en Las Matas.
Hacen falta medio millón de firmas. Hace falta tu firma.
En Las Rozas, los compañeros de la Asamblea Popular del 15M de Las Rozas y de Las Matas se suman a esa iniciativa y recogerán firmas tanto en Las Matas, -queda por confirmar si en el Parque Primero de Mayo o en las inmediaciones de la estación del tren-, y en Las Rozas, -dependiendo del número de efectivos se situarán en el Burgo Centro y en la Plaza de España.
La Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por la dación en pago supone la apertura de una salida política y social a la grave crisis que nos azota con sus efectos día tras día, cada vez con mayor violencia.
Dada la sinrazón dogmática del Gobierno en la aplicación de la política económica neoliberal para afrontar la crisis al dictado del Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea, a través de lo que se ha venido a llamar la troika, la ILP por la dación en pago es una apertura a la ciudadanía para que exprese sus demandas en cuanto al problema de la vivienda en nuestro país.
El problema de la vivienda en nuestro país es una muestra inequívoca de la ineficiencia e ineficacia del sistema económico capitalista en la asignación de recursos.
La grave crisis que vivimos nos muestra el gran número de viviendas que han quedado vacías por el estrangulamiento del crédito de las entidades financieras. Así mismo, pese a este número de viviendas vacías, son muchas las personas, las familias, que no pueden acceder a una vivienda.
Es necesario, en este punto, manifestar que la vivienda es un derecho reconocido en la Constitución, no un artículo o bien de lujo al alcance de aquellos que se lo puedan permitir. Es una cuestión de Derechos Humanos.
La gestión de las políticas de ajuste neoliberal como respuesta a la crisis de endeudamiento provoca ilimitadamente el sufrimiento de más y más personas.
Una de las caras de este sufrimiento social es el desempleo, creciente mes a mes.
Aquellas personas que poseen una vivienda sobre la que pesa una hipoteca ven como al caer en situación de desempleo involuntario no pueden hacer frente a las cuotas del préstamo hipotecario, debido, fundamentalmente, a la escasa cuantía de la prestación por desempleo. En ese caso, con la acumulación de cuotas sin pagar, verán llegar la orden de desahucio dictada por un juzgado a demanda de la entidad financiera que les concedió el préstamo hipotecario.
El desahucio es la experiencia familiar y personal más desesperante que se puede sufrir. Es la pérdida del domicilio, de la filiación a un lugar y la potencial entrada en la espiral de la pobreza y de la exclusión social.
Pobreza que viene dada por la deuda de por vida que queda contraída con la entidad financiera que ha concedido el préstamo hipotecario. Frecuentemente, la vivienda es subastada por un 50, 60% de su valor de tasación, que se utilizó para conceder la hipoteca, y adquirida por esa misma entidad financiera en una segunda subasta, ya que la primera de ellas ha quedado desierta.
La diferencia entre el precio por el que se ha adquirido la vivienda en la subasta y el valor de tasación es la cuantía de la deuda que la persona desahuciada debe afrontar. Debe continuar pagando por una vivienda que ya no posee, ni disfruta.
La banca siempre gana.
La ILP por la dación en pago supone que entregado el bien objeto de embargo, es decir, la vivienda, la deuda queda cancelada. Así, se abre la oportunidad de empezar de nuevo y no con la deuda contraída que es una losa pesadísima para cualquier desahuciado, que llega a imposibilitarle comenzar de nuevo.
La ILP también supone el alquiler social de las viviendas objeto e desahucio por un 30% de los ingresos de la persona o familia desahuciada. Se trata de este modo de garantizar el derecho a la vivienda.
Plantea, también, la moratoria en los pagos de las cuotas del préstamos hipotecario para aquellas personas que se encuentran en desempleo.
La vivienda es un derecho de ciudadanía, no un lujo al alcance de unos pocos.
Firma por la Iniciativa Legislativa Popular por la dación en pago este domingo en Las Rozas y en Las Matas.
Hacen falta medio millón de firmas. Hace falta tu firma.
viernes, 24 de febrero de 2012
Alegación a la modificación puntual del PGOU de Las Rozas, "Encinar de la parcela Kodak"
Dada la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Las Rozas por la que se pretende aprobar la construcción de cerca de 1000 viviendas en la conocida como "parcela Kodak", la Asamblea de Izquierda Unida junto a organizaciones ecologistas de la localidad como Ecologistas en Acción y Salvemos Las Rozas ha redactado una alegación a dicha modificación puntual con el fin de salvaguardar del despropósito urbanístico un encinar de sobresaliente interés en lo que a flora y fauna se refiere.
El texto de la alegación es el siguiente:
D/Dña ... , mayor de edad con DNI/Pasaporte ... y con domicilio a efectos de notificación en ...
Para : Ayuntamiento de Las Rozas
Presenta la siguiente alegación a la modificación puntual de parcelas 2 y 7 y ámbito “Kodak” de Las Rozas.
Expongo :
El Ayuntamiento de Las Rozas plantea apresuradamente y en fechas vacacionales una modificación puntual de crucial importancia para la ciudadanía del municipio.
La urgencia se basa en la necesidad legal del Ayuntamiento de justificar la cesión de terrenos a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
El Ayuntamiento cedió unas parcelas de encinar para la construcción de unas instalaciones que eran patrimonio del pueblo sin ajustarse a derecho, con la consiguiente pérdida de espacios verdes del municipio. La ilegalidad de la cesión ha sido ratificada mediante sentencia firme del Tribunal Supremo.
Ahora se pretende compensar a los ciudadanos de esa pérdida con otra pérdida de encinar en la misma zona debido a la construcción de casi 1000 viviendas. Entendemos que, ante un caso de subordinación de los intereses públicos a los privados como es el de la RFEF, la solución en ningún caso puede suponer una nueva pérdida de calidad de vida para los ciudadanos de Las Rozas mediante la destrucción de un encinar de tan alto valor medioambiental.
Para que los ciudadanos consintamos con semejante engaño se vulnera la Ley 27/2006 que se promulgó para que tuviéramos las máximas garantías en veracidad y transparencia en cuestiones medioambientales. Se puede resumir esta vulneración en los siguientes aspectos:
1) El encinar objeto de esta alegación tiene importantes protecciones legales:
Está protegido por la Directiva Hábitat (531014) y se cartografió como Monte Preservado.
Dicha Directiva obliga a proteger los espacios a los que afecta y, concretamente, en su artículo 6.4 dice que para consentir un proyecto que suponga deterioro de estos espacios sólo pueden alegarse consideraciones de salud o seguridad pública, o previa consulta a la Comisión Europea, otras razones de interés público de primer orden.
No parece que la urbanización de este encinar pueda encuadrarse en ninguno de estos casos y, de todos modos, la consulta a la Comisión no aparece por ninguna parte en la documentación aportada al ciudadano. Se estaría, por tanto, vulnerando la legislación europea con la urbanización de este encinar.
En cuanto a la legislación de nuestro país, el magnífico estado de conservación de este bosque llevó a que fuera cartografiado como Monte Preservado por la Ley Forestal 16/95.
El Ayuntamiento dice que ese encinar era ya suelo urbano en 1995 y no cabe aplicarle esa protección. Independientemente de pretextos administrativos, la realidad es que tenemos en el municipio un bosque digno de ser preservado (el estado de este encinar es considerablemente mejor que el de 1995 ya que han pasado 17 años) y que un Ayuntamiento que se precia de preocuparse del medio ambiente (el municipio está plagado de carteles que publicitan Las Rozas como ciudad sostenible) no debería engañar a sus ciudadanos construyendo en un encinar de estas características.
En la misma zona nos encontramos una larga y estrecha franja de terreno cerca de las instalaciones de la Real Federación Española de Fútbol que también va a urbanizarse. Aunque no está cartografiada como Hábitat ni Monte Preservado, también es un espacio digno de conservarse porque al fondo de esta parcela existen piruétanos, especie protegida en la Comunidad de Madrid.
2) En la página web del Ayuntamiento se da la visión de que van a integrarse varias hectáreas al Parque Natural. No se dice que vaya a urbanizarse un encinar bien conservado. Da la impresión de que se fuera a repoblar con arbolado un espacio deforestado. Es como si ya estuviera aprobada la construcción de esas viviendas y el constructor ya tuviera la licencia de obras y tuviéramos que agradecerle al Ayuntamiento su gestión.
La clasificación de este encinar como Suelo Urbano No Consolidado (SUNC) no corresponde con la situación actual de tales terrenos. Se trata de un encinar que en ningún caso podría ser urbanizado con las leyes medioambientales vigentes y cuya clasificación debería ser Suelo No Urbanizable Protegido (SNUP). Aunque parezca mentira después de estos años, se puede también cambiar la clasificación de urbanizable a protegido, algo que en este caso debería hacerse, de acuerdo con las leyes actuales y con cualquier criterio de sostenibilidad ambiental.
Estos terrenos ya fueron objeto de una modificación puntual similar en 1998 y su urbanización se incluía en el proyecto de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado provisionalmente por última vez en Pleno en junio de 2010. Ambos proyectos han sido rechazados por la Comunidad de Madrid por el alto valor ambiental y la protección legal de este encinar.3) En el informe se minusvaloran constantemente los valores naturales del espacio. Las fotografías que aparecen corresponden a un momento muy anterior en el que no se daba la frondosidad y el aspecto actuales.
En una de las parcelas involucradas se dice que no tiene vegetación cuando tiene grandes encinas y piruétanos, especie protegida por la Comunidad de Madrid.
En consecuencia, SOLICITO que este encinar sea calificado como SNUP o se llegue a un acuerdo con los propietarios que permita incorporar estos suelos espacios verdes públicos.
En Las Rozas de Madrid, a ...
(Vía Izquierda Unida Las Rozas).
Se puede descargar el documento de la alegación en este enlace.
Se deben entregar tres copias de la alegación en el Registro del Ayuntamiento.
El plazo para la presentación de alegaciones finaliza el 9 de marzo.
El texto de la alegación es el siguiente:
D/Dña ... , mayor de edad con DNI/Pasaporte ... y con domicilio a efectos de notificación en ...
Para : Ayuntamiento de Las Rozas
Presenta la siguiente alegación a la modificación puntual de parcelas 2 y 7 y ámbito “Kodak” de Las Rozas.
Expongo :
El Ayuntamiento de Las Rozas plantea apresuradamente y en fechas vacacionales una modificación puntual de crucial importancia para la ciudadanía del municipio.
La urgencia se basa en la necesidad legal del Ayuntamiento de justificar la cesión de terrenos a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
El Ayuntamiento cedió unas parcelas de encinar para la construcción de unas instalaciones que eran patrimonio del pueblo sin ajustarse a derecho, con la consiguiente pérdida de espacios verdes del municipio. La ilegalidad de la cesión ha sido ratificada mediante sentencia firme del Tribunal Supremo.
Ahora se pretende compensar a los ciudadanos de esa pérdida con otra pérdida de encinar en la misma zona debido a la construcción de casi 1000 viviendas. Entendemos que, ante un caso de subordinación de los intereses públicos a los privados como es el de la RFEF, la solución en ningún caso puede suponer una nueva pérdida de calidad de vida para los ciudadanos de Las Rozas mediante la destrucción de un encinar de tan alto valor medioambiental.
Para que los ciudadanos consintamos con semejante engaño se vulnera la Ley 27/2006 que se promulgó para que tuviéramos las máximas garantías en veracidad y transparencia en cuestiones medioambientales. Se puede resumir esta vulneración en los siguientes aspectos:
1) El encinar objeto de esta alegación tiene importantes protecciones legales:
Está protegido por la Directiva Hábitat (531014) y se cartografió como Monte Preservado.
Dicha Directiva obliga a proteger los espacios a los que afecta y, concretamente, en su artículo 6.4 dice que para consentir un proyecto que suponga deterioro de estos espacios sólo pueden alegarse consideraciones de salud o seguridad pública, o previa consulta a la Comisión Europea, otras razones de interés público de primer orden.
No parece que la urbanización de este encinar pueda encuadrarse en ninguno de estos casos y, de todos modos, la consulta a la Comisión no aparece por ninguna parte en la documentación aportada al ciudadano. Se estaría, por tanto, vulnerando la legislación europea con la urbanización de este encinar.
En cuanto a la legislación de nuestro país, el magnífico estado de conservación de este bosque llevó a que fuera cartografiado como Monte Preservado por la Ley Forestal 16/95.
El Ayuntamiento dice que ese encinar era ya suelo urbano en 1995 y no cabe aplicarle esa protección. Independientemente de pretextos administrativos, la realidad es que tenemos en el municipio un bosque digno de ser preservado (el estado de este encinar es considerablemente mejor que el de 1995 ya que han pasado 17 años) y que un Ayuntamiento que se precia de preocuparse del medio ambiente (el municipio está plagado de carteles que publicitan Las Rozas como ciudad sostenible) no debería engañar a sus ciudadanos construyendo en un encinar de estas características.
En la misma zona nos encontramos una larga y estrecha franja de terreno cerca de las instalaciones de la Real Federación Española de Fútbol que también va a urbanizarse. Aunque no está cartografiada como Hábitat ni Monte Preservado, también es un espacio digno de conservarse porque al fondo de esta parcela existen piruétanos, especie protegida en la Comunidad de Madrid.
2) En la página web del Ayuntamiento se da la visión de que van a integrarse varias hectáreas al Parque Natural. No se dice que vaya a urbanizarse un encinar bien conservado. Da la impresión de que se fuera a repoblar con arbolado un espacio deforestado. Es como si ya estuviera aprobada la construcción de esas viviendas y el constructor ya tuviera la licencia de obras y tuviéramos que agradecerle al Ayuntamiento su gestión.
La clasificación de este encinar como Suelo Urbano No Consolidado (SUNC) no corresponde con la situación actual de tales terrenos. Se trata de un encinar que en ningún caso podría ser urbanizado con las leyes medioambientales vigentes y cuya clasificación debería ser Suelo No Urbanizable Protegido (SNUP). Aunque parezca mentira después de estos años, se puede también cambiar la clasificación de urbanizable a protegido, algo que en este caso debería hacerse, de acuerdo con las leyes actuales y con cualquier criterio de sostenibilidad ambiental.
Estos terrenos ya fueron objeto de una modificación puntual similar en 1998 y su urbanización se incluía en el proyecto de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado provisionalmente por última vez en Pleno en junio de 2010. Ambos proyectos han sido rechazados por la Comunidad de Madrid por el alto valor ambiental y la protección legal de este encinar.3) En el informe se minusvaloran constantemente los valores naturales del espacio. Las fotografías que aparecen corresponden a un momento muy anterior en el que no se daba la frondosidad y el aspecto actuales.
En una de las parcelas involucradas se dice que no tiene vegetación cuando tiene grandes encinas y piruétanos, especie protegida por la Comunidad de Madrid.
En consecuencia, SOLICITO que este encinar sea calificado como SNUP o se llegue a un acuerdo con los propietarios que permita incorporar estos suelos espacios verdes públicos.
En Las Rozas de Madrid, a ...
(Vía Izquierda Unida Las Rozas).
Se puede descargar el documento de la alegación en este enlace.
Se deben entregar tres copias de la alegación en el Registro del Ayuntamiento.
El plazo para la presentación de alegaciones finaliza el 9 de marzo.
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