lunes, 7 de enero de 2013

Ordenanzas Fiscales 2013

En el Pleno del 28 de noviembre se aprobaron definitivamente las Ordenanzas Fiscales Municipales para el ejercicio 2013.


Los ingresos que suponen estas Ordenanzas alcanzan la cuantía de algo más de 55 millones de euros, según los Presupuestos Municipales para el año 2013.

Desde nuestro Grupo Municipal venimos reclamando una reforma de las fuentes de la financiación local con el fin de garantizar la redistribución de las rentas, por una parte, y, por otra, la suficiencia financiera. Ambos son elementos fundamentales para profundizar en la democratización de la institución municipal.

Desde esta óptica es necesario ampliar el espacio fiscal local con el objetivo de garantizar la capacidad normativa municipal mediante el desarrollo de una política de Ordenanzas Fiscales, Tasas y Precios Públicos que sea progresiva en su desarrollo y aplicación y que atienda, en definitiva, a las circunstancias personales y familiares de los más perjudicados por la crisis.

Ya el año pasado presentamos una batería de alegaciones a estas Ordenanzas que tienen esa orientación. No podemos consentir la abusiva subida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que están sufriendo muchos vecinos y vecinas de Las Rozas y de Las Matas. Esta ciudadanía se encuentran en una delicada situación económica para afrontar el pago del recibo de este impuesto que ha visto incrementar su cuantía de forma alarmante en los últimos años.

Ya saben, lo hemos dicho cada vez que hemos tenido ocasión, que nuestra propuesta es una política fiscal progresiva, justa y solidaria, cuyo objetivo sea garantizar una financiación suficiente. Se trata, en suma, de que pague más el que más tiene y que pague menos el que menos tiene. Pero nos encontramos con que el Equipo de Gobierno favorece al que más tiene.

Diferentes Ayuntamientos de todo el Estado están implantando lo que se ha venido en denominar IBI Social, mediante bonificaciones en el impuesto a aquellos colectivos de ciudadanos y ciudadanas que presentan evidentes dificultades económicas. El propio Ayuntamiento de Madrid lo ha regulado de esta forma en sus Ordenanzas Fiscales y en plena campaña electoral el que fue candidato por el Partido Popular, y ahora malhadado Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, exigía al Gobierno Central la modificación de la Ley de Haciendas Locales para permitir a los Ayuntamientos aplicar bonificaciones en el cobro del IBI, el más importante de los impuestos locales.

En este sentido planteamos parte de las alegaciones presentadas como una exigencia al Gobierno Central para llevar a cabo las modificaciones necesarias para poder aclarar las cuestiones relativas a estas bonificaciones.

Hemos presentado alegaciones en el sentido de lograr la aplicación de la máxima bonificación establecida legalmente sólo a la promoción de viviendas protegidas, cuyo objetivo es facilitar el acceso a una vivienda digna a los sectores sociales con recursos menores.

También hemos propuesto que tengan derecho a una bonificación de la cuota íntegra del impuesto sobre la vivienda de aquello sujetos pasivos cuyos titulares tengan la condición de familia numerosa, siempre y cuando la base imponible de los ingresos familiares sea inferior a 5,5 veces al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y sobre el propio valor catastral de la vivienda.

Se trata de combinar tramos de valor catastral tipo, tales como bajo, medio y alto, con una renta máxima de la unidad familiar que no supere 5,5 veces el IPREM, lo que supone casi 60.000 € anuales, como se viene aplicando en determinadas convocatorias para la obtención de subvenciones, ayudas u otras bonificaciones.

Los tramos de valores catastrales aprobados inicialmente, hasta 420.000 € y hasta 840.000 €, y sin límite alguno respecto a la capacidad económica de las familias numerosas, puede conducir a aplicar esta deducción a vecinos y vecinas con un altísimo poder adquisitivo, al margen de su condición de familia numerosa.

Así mismo, proponemos que que la tipología de familia numerosa sea la establecida para otro tipo de beneficios y ayudas sociales y que está recogida en la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas.

Proponemos bonificaciones atendiendo al principio de capacidad económica previsto en el artículo 3.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para que los sujetos pasivos del IBI que sean propietarios de viviendas que sean su residencia habitual y cuyo valor catastral sea inferior a 250.000 €, gozarán de la bonificación en la cuota íntegra del impuesto de acuerdo con los ingresos de la unidad familiar.

Nuestras alegaciones solicitan un recargo sobre la cuota liquida del IBI a los inmuebles de uso residencial desocupados con carácter permanente. A estos efectos, se entenderá por inmuebles desocupados aquellos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
  • Permanecer sin habitantes empadronados en la fecha del devengo del impuesto en el Padrón de habitantes del municipio.
  • Que no presenten consumo por contratos de suministro de energía eléctrica y agua.
Entendemos que es una necesidad movilizar el mercado de la vivienda en alquiler con la finalidad de incrementar su oferta y hacer disminuir su precio, contribuyendo así desde el Ayuntamiento a facilitar el acceso a una vivienda digna, según el mandato constitucional. Aunque son datos que le molestan al Concejal de Urbanismo, que parece preferir los datos que ofrecen las promotoras urbanísticas, hay que destacar que según el Censo Oficial de Viviendas, el número de viviendas vacías es de 5.606, según los datos del año 2001 y publicados en 2005, lo que pone de relieve la pertinencia de esta y otro tipo de medidas para incentivar el alquiler a precios más asequibles para la mayoría de la ciudadanía.


Se contemplan, así mismo, bonificaciones a las empresas de trabajo asociado, cooperativas y sociedades laborales, durante los dos primeros años de su creación; a las actividades relacionadas con el cultivo ecológico y el comercio responsable encaminadas al autoempleo y que tengan un impacto social y medioambiental positivo o a las actividades artesanales como forma de recuperar aquellos sectores económicos en riesgo de desaparecer o que se han extinguido y que estén encaminadas al autoempleo.

Se propone una nueva fiscalidad en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica con el objetivo de bonificar de forma más clara a vehículos eléctricos, impulsados por energía solar o con combustibles que no sean derivados del petróleo.

Hemos presentado una propuesta de gravamen especial por apertura en domingos y festivos de los comercios que se acojan a la libertad de horarios comerciales en función de la Ley 2/2012, de 12 de junio, para la Dinamización de la Actividad Comercial y que presentaban restricciones en los horarios comerciales en función de la Ley 16/1999, de 29 de abril.

En este mismo Pleno nos hemos opuesto a esa liberalización de los horarios comerciales ya que repercuten negativamente en el comercio local de proximidad, así como en las condiciones de trabajo de los empleados en los grandes centros comerciales, que son los grandes beneficiarios de es modificación legislativa.

Por último, también hemos presentado modificaciones para hacer progresivo el consumo de agua a través de la cuota de evacuación del agua y también hemos propuesto que los desempleados y desempleadas estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen.

Desde Izquierda – Unida Los Verdes tenemos una concepción muy distinta sobre los impuestos municipales a las que tiene el Equipo de Gobierno del Partido Popular. No podemos consentir que los vecinos y vecinas que están sufriendo esta crisis, que están sufriendo los recortes, el desempleo, la privatización de los servicios públicos, sean los sujetos pacientes sobre los que recaigan la mayor parte de los impuestos del Ayuntamiento mientras que se favorece a los que más tienen.

Y esto se resume, no se asusten, en la lucha de clases. Esa lucha que refleja cualquier capítulo de la serie The Wire o la que se ve Pleno tras Pleno en esta sala.

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