Los ingresos que suponen estas Ordenanzas alcanzan la cuantía de algo más de 55 millones de euros, según los Presupuestos Municipales para el año 2013.
Desde
nuestro Grupo Municipal venimos reclamando una reforma de las fuentes
de la financiación local con el fin de garantizar la redistribución
de las rentas, por una parte, y, por otra, la suficiencia financiera.
Ambos son elementos fundamentales para profundizar en la
democratización de la institución municipal.
Desde
esta óptica es necesario ampliar el espacio fiscal local con el
objetivo de garantizar la capacidad normativa municipal mediante el
desarrollo de una política de Ordenanzas Fiscales, Tasas y Precios
Públicos que sea progresiva en su desarrollo y aplicación y que
atienda, en definitiva, a las circunstancias personales y familiares
de los más perjudicados por la crisis.
Ya
el año pasado presentamos una batería de alegaciones a estas
Ordenanzas que tienen esa orientación. No podemos consentir la
abusiva subida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que están
sufriendo muchos vecinos y vecinas de Las Rozas y de Las Matas. Esta
ciudadanía se encuentran en una delicada situación económica para
afrontar el pago del recibo de este impuesto que ha visto incrementar
su cuantía de forma alarmante en los últimos años.
Ya
saben, lo hemos dicho cada vez que hemos tenido ocasión, que nuestra
propuesta es una política fiscal progresiva, justa y solidaria, cuyo
objetivo sea garantizar una financiación suficiente. Se trata, en
suma, de que pague más el que más tiene y que pague menos el que
menos tiene. Pero nos encontramos con que el Equipo de Gobierno
favorece al que más tiene.
Diferentes
Ayuntamientos de todo el Estado están implantando lo que se ha
venido en denominar IBI Social, mediante bonificaciones en el
impuesto a aquellos colectivos de ciudadanos y ciudadanas que
presentan evidentes dificultades económicas. El propio Ayuntamiento
de Madrid lo ha regulado de esta forma en sus Ordenanzas Fiscales y
en plena campaña electoral el que fue candidato por el Partido
Popular, y ahora malhadado Ministro de Justicia, Alberto Ruiz
Gallardón, exigía al Gobierno Central la modificación de la Ley de
Haciendas Locales para permitir a los Ayuntamientos aplicar
bonificaciones en el cobro del IBI, el más importante de los
impuestos locales.
En
este sentido planteamos parte de las alegaciones presentadas como una
exigencia al Gobierno Central para llevar a cabo las modificaciones
necesarias para poder aclarar las cuestiones relativas a estas
bonificaciones.
Hemos
presentado alegaciones en el sentido de lograr la aplicación de la
máxima bonificación establecida legalmente sólo a la promoción de
viviendas protegidas, cuyo objetivo es facilitar el acceso a una
vivienda digna a los sectores sociales con recursos menores.
También
hemos propuesto que tengan derecho a una bonificación de la cuota
íntegra del impuesto sobre la vivienda de aquello sujetos pasivos
cuyos titulares tengan la condición de familia numerosa, siempre y
cuando la base imponible de los ingresos familiares sea inferior a
5,5 veces al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
(IPREM) y sobre el propio valor catastral de la vivienda.
Se
trata de combinar tramos de valor catastral tipo, tales como bajo,
medio y alto, con una renta máxima de la unidad familiar que no
supere 5,5 veces el IPREM, lo que supone casi 60.000 € anuales,
como se viene aplicando en determinadas convocatorias para la
obtención de subvenciones, ayudas u otras bonificaciones.
Los
tramos de valores catastrales aprobados inicialmente, hasta 420.000 €
y hasta 840.000 €, y sin límite alguno respecto a la capacidad
económica de las familias numerosas, puede conducir a aplicar esta
deducción a vecinos y vecinas con un altísimo poder adquisitivo, al
margen de su condición de familia numerosa.
Así
mismo, proponemos que que la tipología de familia numerosa sea la
establecida para otro tipo de beneficios y ayudas sociales y que está
recogida en la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas.
Proponemos
bonificaciones atendiendo al principio de capacidad económica
previsto en el artículo 3.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, para que los sujetos pasivos del IBI que sean
propietarios de viviendas que sean su residencia habitual y cuyo
valor catastral sea inferior a 250.000 €, gozarán de la
bonificación en la cuota íntegra del impuesto de acuerdo con los
ingresos de la unidad familiar.
Nuestras
alegaciones solicitan un recargo sobre la cuota liquida del IBI a los
inmuebles de uso residencial desocupados con carácter permanente. A
estos efectos, se entenderá por inmuebles desocupados aquellos en
los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Permanecer sin habitantes empadronados en la fecha del devengo del impuesto en el Padrón de habitantes del municipio.
- Que no presenten consumo por contratos de suministro de energía eléctrica y agua.
Entendemos
que es una necesidad movilizar el mercado de la vivienda en alquiler
con la finalidad de incrementar su oferta y hacer disminuir su
precio, contribuyendo así desde el Ayuntamiento a facilitar el
acceso a una vivienda digna, según el mandato constitucional. Aunque
son datos que le molestan al Concejal de Urbanismo, que parece
preferir los datos que ofrecen las promotoras urbanísticas, hay que
destacar que según el Censo Oficial de Viviendas, el número de
viviendas vacías es de 5.606, según los datos del año 2001 y
publicados en 2005, lo que pone de relieve la pertinencia de esta y
otro tipo de medidas para incentivar el alquiler a precios más
asequibles para la mayoría de la ciudadanía.
Se
contemplan, así mismo, bonificaciones a las empresas de trabajo
asociado, cooperativas y sociedades laborales, durante los dos
primeros años de su creación; a las actividades relacionadas con el
cultivo ecológico y el comercio responsable encaminadas al
autoempleo y que tengan un impacto social y medioambiental positivo o
a las actividades artesanales como forma de recuperar aquellos
sectores económicos en riesgo de desaparecer o que se han
extinguido y que estén encaminadas al autoempleo.
Se
propone una nueva fiscalidad en el Impuesto de Vehículos de Tracción
Mecánica con el objetivo de bonificar de forma más clara a
vehículos eléctricos, impulsados por energía solar o con
combustibles que no sean derivados del petróleo.
Hemos
presentado una propuesta de gravamen especial por apertura en
domingos y festivos de los comercios que se acojan a la libertad de
horarios comerciales en función de la Ley 2/2012, de 12 de junio,
para la Dinamización de la Actividad Comercial y que presentaban
restricciones en los horarios comerciales en función de la Ley
16/1999, de 29 de abril.
En
este mismo Pleno nos hemos opuesto a esa liberalización de los
horarios comerciales ya que repercuten negativamente en el comercio
local de proximidad, así como en las condiciones de trabajo de los
empleados en los grandes centros comerciales, que son los grandes
beneficiarios de es modificación legislativa.
Por
último, también hemos presentado modificaciones para hacer
progresivo el consumo de agua a través de la cuota de evacuación
del agua y también hemos propuesto que los desempleados y
desempleadas estén exentos del pago de la tasa por derechos de
examen.
Desde
Izquierda – Unida Los Verdes tenemos una concepción muy distinta
sobre los impuestos municipales a las que tiene el Equipo de Gobierno
del Partido Popular. No podemos consentir que los vecinos y vecinas
que están sufriendo esta crisis, que están sufriendo los recortes,
el desempleo, la privatización de los servicios públicos, sean los
sujetos pacientes sobre los que recaigan la mayor parte de los
impuestos del Ayuntamiento mientras que se favorece a los que más
tienen.
Y
esto se resume, no se asusten, en la lucha de clases. Esa lucha que
refleja cualquier capítulo de la serie The Wire o la que se ve
Pleno tras Pleno en esta sala.
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