martes, 26 de junio de 2012

Salones y Casas Parroquiales de San Miguel Arcángel: en defensa de lo de todos, de lo común

Hace ya algún tiempo, vecinos y vecinas del casco urbano de Las Rozas vienen observando con preocupación las intenciones del párroco de la Iglesia San Miguel Arcángel en cuanto a la modificación del conjunto de los Salones y Casas Parroquiales, ya que pretende la construcción de cuatro plantas con capacidad suficiente para una Casa Rectoral y Locales Parroquiales de superficie adecuada para atender la Parroquia en el futuro. Asi, textualmente consta en la alegación que presentó el párroco de la Iglesia el 24 de abril de 2006 y que la Concejalía de Urbanismo consideró parcialmente.


El caso es que esos Salones y Casas Parroquiales constituyen el elemento principal de patrimonio arquitectónico, cultural e histórico del centro urbano de nuestro municipio.






El edificio representa uno de los vestigios más representativos de la arquitectura de Regiones Devastadas de la primera mitad del siglo pasado, cuyo valor histórico y arquitectónico ha sido reconocido y documentado en el libro Arquitectura y desarrollo urbano. Zona Centro II de la Consejería de Política Territorial de la Comunidad de Madrid y el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.


Dicho edificio, además, forma parte integrante e inseparable del conjunto de la Iglesia, los jardines y Casas y Salones Parroquiales de San Miguel Arcángel, patrimonio histórico y arquitectónico más importante, emblemático y antiguo de Las Rozas.


Destaca el hecho de que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) vigente, es de 1994, carece de un Catálogo de Bienes Protegidos lo que conlleva a que exista un vacío legal para la protección y conservación del patrimonio histórico del municipio.


Por su parte, la aprobación provisional del PGOU de julio de 2008 recogía en su Catálogo de Bienes Protegidos la protección de el conjunto arquitectónico.


Ahora bien, la aprobación provisional del PGOU de junio de 2010, pese a que continuaba protegiendo el entorno de la Iglesia, -incluyendo sus visualizaciones, desde el exterior, la estructura urbana de terrazas y jardines con elementos de piedra, muretes y escaleras-, excluía de esta protección las Casas y Salones Parroquiales, permitiendo la destrucción de los edificios, así como un incremento de altura y edificabilidad.


El 4 de octubre de 2010, el Área de Patrimonio de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid emitió un informe que recogía los valores históricos y arquitectónicos de las Casas y Salones Parroquiales y, en concreto de su casa rectoral, principal inmueble del conjunto. Este informe señala que "el edificio cuestionado en este expediente es parte integrante del conjunto de la Iglesia, los jardines y Salones Parroquiales y parece adecuado el criterio de la conservación de la estructura actual de una planta con su actual cota y rasante" y concluye que "debe ser conservado (...) como parte del conjunto catalogado de la Iglesia Parroquial San Miguel Arcángel y su entorno".

El citado informe es vinculante para la aprobación de cualquier figura de planeamiento urbanístico que se apruebe en relación a estos edificios. El informe supone además el reconocimiento oficial de los valores patrimoniales de estos inmuebles y, en consecuencia, su protección en virtud de los artículos 1.3 y 8 de la Ley 10/1998 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, “pese a no haber sido objeto de declaración ni inventario”.

En virtud de esta protección, corresponde al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid “el deber de proteger, defender, realizar, promover y difundir el valor patrimonial” de estos bienes “y adoptar las medidas cautelares urgentes y necesarias para la salvaguarda de los mismos”, en cumplimiento del artículo 3.2 de la misma Ley.

Así, planteamos los siguientes acuerdos en relación a la moción presentada:

Primero.– Asumir el informe del 4 de octubre de 2010 del Área de Patrimonio de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid en todas las actuaciones urbanísticas que se lleven a cabo desde el Ayuntamiento de las Rozas de Madrid.

Segundo.– Dar cumplimiento de todos los deberes del Ayuntamiento derivados de la protección de las Casas y Salones parroquiales por la Ley 10/1998 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

Tercero.– Redacción y aprobación de una Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana para la inclusión de un Catálogo de Bienes Protegidos que, en cumplimiento de la Ley, determine la protección de las Casas y Salones Parroquiales de San Miguel Arcángel.

Cuarto.– Instar a la propiedad de los edificios, la Iglesia, al cumplimiento de sus deberes de mantenimiento y protección de los valores arquitectónicos y culturales de estos edificios reconocidos como patrimonio histórico.




El caso es que el Concejal de Urbanismo, Juan Blasco, argumentó, para nuestra sorpresa, que era posible la edificación en patios interiores, amparándose en la Ordenanza de Equipamiento.


De este modo, el Partido Popular se posicionó en contra de esta moción, que sí contó con el apoyo del resto de los Grupos Políticos de la oposición.


Lamentable que alguien como el Concejal de Urbanismo, que anteriormente fue Viceconsejero de Vivienda y Suelo de la Comunidad de Madrid, apoye de modo manifiesto los intereses de parte, en este caso concreto del párroco de la Iglesia de San Miguel Arcángel, en detrimento del interés del conjunto del municipio de Las Rozas.


Esto no es óbice para que desde el Grupo Municipal de Izquierda Unida - Los Verdes continuemos defendiendo lo nuestro, lo de todos, nuestro patrimonio histórico y arquitectónico, valores de los que no andamos muy sobrados en nuestro municipio. Le pese a quien le pese.


Y es que ... Con la Iglesia hemos topado, amigo Sancho.

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